El informe anual da respuesta a las pautas que establecen las diferentes normativas, principalmente la DMA y el RD 817/2015, de 11 de septiembre, por el que se establecen los criterios de seguimiento y evaluación del estado de las aguas superficiales y las normas de calidad ambiental. En éstas se establecen los criterios a seguir para evaluar el estado de una masa de agua superficial, teniendo en cuenta tanto el estado ecológico como el estado químico. Además, se evalúa el estado de las zonas protegidas.
NOTA: Para ver los incumplimientos de las normas de calidad ambiental consulte el Informe del Estado químico del año correspondiente al principio de la página.
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